Investigador para el deber de no concurrencia en Madrid
Confía en nuestro investigador para el deber de no concurrencia en Madrid
Descubre la verdad de tus trabajadores
La concurrencia se trata de una situación que se da cuando un trabajador que está para una empresa, se encuentra también trabajando para otra empresa del mismo sector, o bien cuando las tareas que realiza son similares a las que se encuentra desempeñando en ese momento (aunque la empresa no sea del mismo sector).
Se produce la no concurrencia cuando el trabajo que realiza son actividades que se consideran competencia para la empresa matriz. Esto podría ser totalmente lícito, pero el problema viene cuando el trabajador tiene un contrato de no concurrencia y realiza el mismo trabajo para dos empresas diferentes.
En esta situación, el trabajo de nuestro investigador para el deber de no concurrencia en Madrid es fundamental a la hora de recabar todas las pruebas necesarias para demostrar el quebrantamiento de ese contrato de no concurrencia.
Nuestro investigador para el deber de no concurrencia en Madrid
Confía en nuestra discreción y profesionalidad
Nuestra labor como investigador para el deber de no concurrencia en Madrid incluirá el seguimiento y la vigilancia del individuo del que se sospecha que está incumpliendo el contrato firmado. La aportación de las pruebas que consigamos será fundamental para que el empresario pueda demostrar la actividad ilícita y, por tanto, llevar ante un tribunal al empleado infractor.
En muchas ocasiones no solo se trata de la “doble actividad” que se esté realizando, sino que hay situaciones en las que el empleado utiliza material y recursos de la empresa matriz. Incluso existen casos en los que se ha ido más allá, y se han producido situaciones de competencia desleal, es decir, cuando un empleado “roba” clientes o aprovecha ciertas ideas para perjudicar a la empresa y favorecer a otra.
Desde Culmas Detectives utilizaremos todos nuestros recursos para recabar todas las pruebas posibles que demuestren que el empleado del que se sospecha ha llevado a cabo el incumplimiento de la cláusula de no concurrencia. Tanto si dicha actividad la realiza de manera autónoma como si lo efectúa para empresas competidoras.
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